Saturday, 7 October 2017

Irpf 2012 Profesionales De Forex


Subida IRPF 2012 Autnomos Buenos das. Voy a intentar dar algo de luz en esto Este Decreto ley modifica la ley del impuesto de la renta de las personas fsicas a si que creo que lo mejor copiar y ponerse en contacto con los artculos que han sido modificados y que son de fcil lectura: Con efectos desde el 1 de septiembre quedan redactados Como sigue (solo pongo lo que se ha modificado y el ttulo del arte para que sepis de que habla): Artculo 101. Importe de los pagos a cuenta. . Apartado 3. El porcentaje de retención e ingreso sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o los resultados de la elaboración de obras literarias, artsticas o cientficas, siempre que se ceda el derecho a su Explotacin, ser del 19 por ciento. Este porcentaje se reduce a la mitad cuando se trate de rendimientos del trabajo obtenidos en Ceuta y Melilla que tienen derecho a la deducción en la cuota prevista en el arte 68.4 de esta Ley Apartado 5. Los porcentajes de las retenciones y los ingresos una cuenta sobre los Rendimientos derivados de actividades económicas sern: a) El 19 por ciento (hasta ahora del 15), en el caso de los rendimientos de las actividades profesionales establecidas en va reglamentaria. No obstante, se aplican el porcentaje del 9 por ciento sobre los rendimientos de las actividades profesionales que se establecen reglamentariamente (antes de que el 7 para los dos primeros de la actividad). Estos porcentajes se reducen a la mitad cuando los rendimientos tienen derecho a la deducción en la cuota prevista en el arte 68.4 de esta Ley. Vea una nueva Disposicin transitoria vigsima tercera. Tipo de retención aplicable a los rendimientos de las actividades profesionales ya los rendimientos del trabajo determinado en 2012 y 2013. El porcentaje de retención de la cuenta aplicable a los rendimientos en el apartado 3 y la letra a) del apartado 5, ambos del arte 101 de esta Ley, satisfechos o abonados hasta el 31 de agosto de 2012, establecidos en el artículo escrito, en su redacción vigente al 1 de enero de 2012. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable a dichos rendimientos Abonen a partir del 1 de septiembre de 2012 se aprueban en el primario del apartado 4 de la disposición adicional de trigésima quinta de esta Ley, salvo en el supuesto en el que resultan de aplicación el porcentaje del 9 por ciento previsto en el segundo prrafo De la letra a) del apartado 5 del arte 101 de esta Ley. En definitiva que la retención de los rendimientos del trabajo impartir los cursos, etc., y las actividades de los profesionales pasan al 19. El comportamiento que afectan a la mayora es que un v En vez del 15 o 7 que el retenes hasta ahora. 16 de Julio de 2012 13:24 Esto es hacer la ley tributaria estilo corral de la pacheca. Esperemos que la AEAT saque una nota aclaratoria, ya que ahora mismo la confusión es mxima. Sera interpretable en una fecha de finalización de 31 de agosto, pagada por 30, la respuesta es una retención de 21, aunque el tipo que interpreta la norma, también conocido como general, o al 19, tipo general. O podra ser que si el profesional imputa por fecha de devengo, esa factura 31 de agosto correspondiera al 15. Pero si el profesional imputa el criterio de caja y el tocara aplicar 21. Que hay que hacer dos Poner una nota en la factura que indica el criterio utilizado Entre el gobierno de cesar de facto, y una troika talibana y ignorante de la realidad, vamos apaados. 16 de Julio de 2012 18:03 Curiosos lio. Él leido el R. D. 20/2012 y no veo la retención del 21 por ninguna parte, en cambio en el blog, articulos de prensa etc, si aparece, la verdad es que lo mejor que se aclaran sino yo no se. 16 de Julio de 2012 20:27 S, el art. 25 apartado Segundo, inciso Tres, del RDL 20/2012, aade una Disposicin Transitoria (DT) 23 a la Ley 35/2006 del IRPF. Esa nueva DT 23 de la Ley 35/2006, en su segundo prrafo, reenvío a la Disposicin Adicional (DA) 35, creada por el RDL 20/2001, y modificada por la Ley 2/2012. Esa DA 35, en su apartado 4, establece que para 2012 y 2013 la retención de una cuenta en las facturas es del 21. Como no han aclarado la contradicción entre la fecha de emisión y fecha de cobro, habr que estar en la norma general de retenciones del IRPF. Y que establece que la retención es aplicable a la fecha de mérito del derecho, con la independencia de que se abone o no en la fecha de la obligación principal. Traducir al idioma de la calle, una fecha de facturación 15 de agosto, con el inciso de paginación a 30 días, es una obligación de pago del 15 de septiembre. Retencin del 21. Otra fatura emitida el 31 de agosto, pagadera al contado a la vista, retención 15. Aqu el lo lo va a tener tanto el profesional que emite como el retén que practica la retención. Las facturas y emitidas, y con una mención de retención del 15, pero que se sabe que se pagan a partir del 1 de septiembre (factura de junio, a 90, p. e.), no hace falta rectificarlas. La retención en el origen es preceptiva, aunque no se ponga en la factura. Sin embargo, el resultado no es el mismo. El retenedor debe realizar las modificaciones pertinentes de oficio. 16 de Julio de 2012 21:12 La verdad es que esta medida me parece un asalto en toda regla, como no pueden optener liquidez de los mercados por lo que la cogemos prestado a los profesionales y las empresas un tipo 0, esperemos que en breve no Se generalice. Comparto que el objetivo principal mar reducir el déficit ya que con esta situación no puede continuar pero hay alguna medida como esta y la recorte de la paga extra que el hijo demasiado abusivas y atropelladas. 16 de Julio de 2012 21:49 Totalmente de acuerdo, es increible como ha aumentado la presion fiscal sobre las familias, y esperemos como bien dices que mar algo pasajero mientras se reduce el deficit, aunque lo que me parece un mi que si que va Un aumento es la economía sumergida creando el efecto contrario. (Esperemos que no sea asi y no tendremos salida).Las retenciones en el IRPF para las actividades profesionales suben del 15 al 19 El Gobierno ha aumentado del 15 al 19 la retención en el IRPF por las rendimientos de las actividades profesionales y el ingreso a una cuenta por Rentas del trabajo derivadas de impartir cursos, seminarios y conferencias, aparecen en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El porcentaje de 19 años de edad se aplica desde el 1 de septiembre de este año hasta el 31 de diciembre de 2013, y figura en el BOE. De esta forma, el texto del BOE corrige la información facilitada ayer por el Gobierno, que anuncian una subida de las retenciones en las actividades profesionales del 15 al 21 y con efecto desde el 1 de agosto. Esta medida fiscal no figuraba entre las anunciadas en el Congreso por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y tampoco fue comunicada en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La primera vez que apareció en la referencia de los acuerdos adoptó por el Gobierno durante la reunión del Consejo de Ministros, aunque se selló que el alza era un ser de seis puntos, desde el 15 al 21. Una nota de prensa posterior del Ministerio De Hacienda y Administraciones Pblicas confirman la subida del 15 al 21 y con los efectos del 1 de agosto. Sin embargo, en el texto del Real Decreto ley que reconoce las medidas aprobadas ayer por el Gobierno y que publica este artículo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se dice que el porcentaje de retención en los rendimientos de las actividades profesionales y los obtenidos Por impartir cursos, seminarios o conferencias ser del 19, no del 21 como se anuncian ayer. Tambin se ha especificado que la entrada en vigor de este nuevo porcentaje es el 1 de septiembre, coincidiendo con la subida del IVA, en el lugar del 1 de agosto como se explican ayer. Te recomendamosEl ​​IRPF a profesionales bajar al 19 y crear un tipo reducido del 15 Libre Mercado 2014-06-09 El Ministerio de Hacienda bajar el IRPF a los profesionales del 21 actual 19 y, ademas, tiene previsto crear un nuevo tipo reducido del 15 para los profesionales con menos ingresos. Tal y como publica Expansin. Esta rebaja sobre el IRPF vendió la contrapartida de una baja del impuesto sobre las sociedades que se prevé que el mar del 30 actual 25. Esta forma, el gobierno de Mariano Rajoy tratará ahora de cumplir la promesa de julio de 2012, cuando suba el IVA Y la retención de IRPF - del 15 al 21- el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, aseguró que se trataba de una medida coyuntural y que para 2014 el IRPF es un 19 Realidad y, tras las elecciones europeas, el gobierno sabe que tras el incremento de los medios de comunicación 1.100 euros la factura de los auténticos al Fisco, los nimos de los profesionales no son favorables hijos. También, dentro de estas medidas, la reforma fiscal que está elaborando Hacienda prevista para el 13 20 de junio, basándose en las indicaciones del catedrtico Manuel Lagares, tambin permitirn desgravarse en el IRPF por la contratación de servicios domsticos. Y es que se estima que la mitad de la mitad de las trabajadoras trabajan en B, con lo que estos incentivos ayudan a aflorar economa sumergida. Ademas, otras actividades propensas a no reflejarse de cara al Fisco, como cuidadores, mdicos a domicilio, pintores albailes tambin traeran nuevos ingresos a la Agencia Tributaria. Por ltimo, en referencia al sistema de mdulos de los autnomos, Hacienda restringir a autnomos con ingresos superiores a 200.000 euros estar en dicho rgimen de pago. Tambin se estudian dejar fuera de los restaurantes con ms de 50 mesas, ya que solo sirven a particulares su facturacin es elevada. Esta limitación de los mdulos afecta a 80.000 autnomos. Te recomendamos

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